Después de 25 años, los evangélicos tenemos la enorme satisfacción de que el anteproyecto de Ley de Libertad Religiosa haya ingresado al Congreso de la Nación, por la vía correspondiente y con la firma del titular del Poder Ejecutivo. Confiamos en que los legisladores que tratarán el mismo en las respectivas comisiones y posteriormente en ambas cámaras, pongan fin a una de las leyes que todavía continúa vigente de la época de la dictadura militar, me refiero a la ley 21745. Es necesaria para que la aprobación de la nueva ley otorgue a los credos no católicos los derechos que en el presente estos carecen pero que son vitales para un ejercicio tangible de la libertad religiosa.
Desde la vuelta a la democracia hasta el día de hoy, ha sido uno de los principales objetivos de las federaciones que representan a las iglesias evangélicas en nuestro país, nos referimos a ACIERA, FECEP, FAIE, ABA, Adventistas, entre otras, el contar con una nueva ley de culto que nos acerque a la IGUALDAD RELIGIOSA.
También es significativo que tras rondas de consultas por varios meses, la iniciativa oficial logró además el apoyo de la Conferencia Episcopal Argentina (CEA), la DAIA, la AMIA, el Centro Islámico de la Argentina, la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días y la Católica Apostólica Ortodoxa del Patriarcado de Antioquía.
En ese sentido, la incorporación de un nuevo código civil permitió el reconocimiento de las iglesias y confesiones como figura jurídica de orden privado a través del artículo 148 inciso e, pero dicho artículo a la fecha no está reglamentado y por lo tanto era imperioso resolver este vacío legal en cuanto a su aplicación.
Entre los beneficios que cito, este proyecto de libertad religiosa permitirá a nuestras iglesias desarrollar nuestra misión con mayor amplitud, otorgando el ingreso de los ministros religiosos a los ámbitos de salud, fuerzas vivas, unidades carcelarias, sin depender ya de la buena voluntad de quienes dirigen dichas dependencias sino porque será un derecho que quienes así lo soliciten, reciban atención religiosa de acuerdo a su confesión.
Es importante mencionar que en el caso de las iglesias evangélicas, quienes ocupan la figura de pastor, no lo son desde el orden civil, sino que para existir desde lo legal, deben valerse de otras figuras como las de presidentes o secretarios de fundaciones o personerías jurídicas para desarrollar sus ministerios de manera integral. Por lo que la aprobación de dicha ley, concederá a los mismos la condición de ministros religiosos, además de la titularidad de medios de comunicación, escuelas, centros salud, hogares, etc, de las entidades religiosas que representan, entre otros derechos como la inembargabilidad de los templos y objetos de culto, como así también a definir sus fundamentos y celebraciones públicas.
Pero por sobre todo dicha legislación promueve la dignidad humana porque protege el ejercicio de nuestra libertad religiosa. Por lo que por medio de este proyecto de ley se creará un registro nacional de entidades religiosas que permitirá pasar de la obligatoriedad a la voluntariedad en cuanto a su inscripción sin que esto limite la libertad de culto.
En el marco de los festejos de los 500 años de la Reforma Evangélica, sus valores de libertad, unidad, se verán plasmados en nuestro país una vez promulgada «La Ley de Libertad Religiosa» esperando que el sábado 25 de noviembre en el acto de cierre de celebración de la reforma, todos los evangélicos celebremos no sólo nuestra identidad como evangélicos, sino que esa identidad pueda ser expresada en el marco legal que confiere el proyecto que hoy está en el Congreso y del cual esperamos las más de 15.000 iglesias de fe evangélica y junto a otros credos que por fin sea saldada una deuda que lleva 200 años de espera en nuestra amada tierra argentina.
Pastor Rubén Proietti
Presidente de la Alianza Cristiana de Iglesias Evangélicas de la República Argentina (ACIERA).